domingo, julio 12, 2026

Imputaron por homicidio culposo al instructor de buceo por la muerte de Sofía Devries en Puerto Madryn

La Justicia formalizó la investigación contra Thiago Nahuel Pocovi, instructor certificado por PADI, por la muerte de la joven buzo de 23 años ocurrida durante una inmersión en febrero. La Fiscalía sostiene que actuó en contra de los protocolos de seguridad de la actividad.

La Justicia de Puerto Madryn formalizó este lunes la investigación penal contra Thiago Nahuel Pocovi, de 26 años, por la muerte de la buzo Sofía Devries, ocurrida el 16 de febrero durante una salida de buceo de aguas profundas. La Fiscalía le atribuye provisoriamente el delito de homicidio culposo.
La audiencia fue encabezada por la jueza penal Marcela Pérez Bogado y contó con la participación del fiscal jefe Alex Williams y el funcionario de Fiscalía Gastón Alcucero. La defensa estuvo a cargo del abogado Adrián Peroy, mientras que el imputado intervino de manera virtual desde la ciudad de Buenos Aires, donde reside actualmente.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal comunicó formalmente los hechos atribuidos a Pocovi y la calificación legal provisoria. La defensa no se opuso a la apertura de la investigación y el imputado ejerció su derecho a no declarar.
De acuerdo con la investigación, Sofía Devries, de 23 años, participaba de una inmersión hacia el parque subacuático del ex buque Hu Shun Yu, guiada por Pocovi, quien conducía un grupo de siete buceadores en su carácter de instructor certificado por PADI.
Según la reconstrucción realizada por la Fiscalía, al momento de iniciar el descenso las condiciones de visibilidad eran extremadamente reducidas, lo que impedía mantener una supervisión directa de todo el grupo. Una vez en el fondo, Devries y su pareja quedaron sin control inmediato del instructor. En ese contexto, la joven comenzó a manifestar signos de malestar, se retiró el regulador y, durante el intento de asistencia de su compañero, quedó sin suministro de aire y falleció por ahogamiento.
Para la Fiscalía, la conducta atribuida al instructor fue contraria a los protocolos y normas de seguridad que regulan la actividad del buceo recreativo. Sobre esa base, encuadró provisoriamente el caso como homicidio culposo, delito previsto en el artículo 84 del Código Penal para quienes causan la muerte de otra persona por imprudencia, negligencia, impericia o por incumplimiento de los deberes de cuidado.
Con la resolución de la jueza quedó formalmente abierta la etapa de investigación preparatoria. Durante ese período, la Fiscalía continuará reuniendo y produciendo pruebas para determinar si corresponde presentar la acusación y solicitar la realización de un juicio oral.

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