El Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó la apelación de la Estancia Bahía Cracker SRL y dejó firme la reapertura del único camino que conduce a la playa. El caso marca un precedente clave en defensa de la servidumbre pública costera y del derecho colectivo a disfrutar de los espacios naturales, y supone un revés directo para el Gobierno provincial y la Secretaría de Pesca, que avalaron el cierre.
Ubicada en la costa sur del Golfo Nuevo, a pocos kilómetros de Puerto Madryn, Bahía Cracker es un paraje de alto valor natural y cultural para la comunidad. Desde hace décadas, pescadores artesanales, buzos deportivos y familias de la región lo eligen para desarrollar actividades recreativas, deportivas y turísticas. Su acceso libre, amparado por la Ley XVII N° 8, forma parte del patrimonio común de los chubutenses.
El conflicto comenzó en mayo de 2024, cuando la estancia propietaria de los campos aledaños, en acuerdo con la Secretaría de Pesca provincial, dispuso el cierre del camino de ingreso mediante la colocación de una tranquera con candado. La medida, adoptada a través de la Disposición N° 186, fue denunciada como una vulneración al derecho de acceso público a las costas y a la servidumbre legal que garantiza su uso común.
La acción judicial fue impulsada por el Club de Pesca, Náutica y Caza Submarina de Trelew, la Asociación de Pescadores Artesanales, el Club de Pesca El Golfo y vecinos de la zona. En septiembre del año pasado, la Cámara de Apelaciones de Trelew les dio la razón, declaró nulo el acuerdo y ordenó reabrir el paso, señalando que la medida había afectado derechos colectivos vinculados al entorno natural, el deporte y el turismo social.
La estancia apeló la decisión, defendiendo el cierre como una regulación para prevenir daños ambientales y hechos delictivos. Sin embargo, el Superior Tribunal no solo desestimó esos argumentos, sino que dejó en claro que la Secretaría de Pesca carecía de facultades para restringir el único acceso a la playa, excediendo su marco legal. La resolución deja expuesto que la provincia actuó por fuera de la ley y que la servidumbre pública costera no puede ser limitada por acuerdos administrativos con intereses privados.
Además de confirmar la reapertura, el máximo tribunal provincial impuso las costas del proceso a la parte apelante. Con esta sentencia firme, pescadores, buzos y familias podrán seguir disfrutando de uno de los parajes más emblemáticos del litoral chubutense, mientras el fallo queda como un recordatorio de que el acceso a las playas es un derecho colectivo que ninguna autoridad puede cercenar.